Según estadísticas de la Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y la Lucha contra el Narcotráfico , el consumo de alcohol en adolescentes en la provincia de Buenos Aires disminuyó, entre el 2001 y el 2006, en un 26%.

 


¿Que significa R.E.B.A.?

  • Registro Provincial para la Comercialización de Bebidas Alcohólicas


¿Que función cumple esta herramienta?

  • Una de las herramientas que posibilitaron este cambio fue la sanción de la Ley Provincial 13.178 , que creó el Registro Provincial para la Comercialización de Bebidas Alcohólicas (ReBA) y el sistema de licencias, para la inscripción en los municipios, que alcanza tanto a los comerciantes minoristas como a los distribuidores de bebidas alcohólicas que no pueden dejar mercadería en comercios que no exhiban su licencia, actuando así sobre la saturación de la oferta minorista de alcohol.
  • Desde su puesta en marcha, el ReBA emitió 50 mil licencias a locales que son los únicos en condiciones regulares de comercializar bebidas alcohólicas.

 


¿Quienes deben realizar el tramite?

  • Los requisitos para expender bebidas alcohólicas alcanzan a todos los comercios que, según esta ley, pueden registrarse para vender alcohol, tales como almacenes, supermercados, hipermercados, locales gastronómicos (restaurantes, deliverys, casas de comidas y rotiserías) bares discotecas y pubs. Y sólo excluyen a los kioscos y las estaciones de servicios -como también lo hacía la ley 11.825 - que no podrán aspirar a esa habilitación.

 


¿Que pasa si no realizo el tramite?

  • Aquel comercio que no presente la licencia, recibe multas que oscilan entre los mil y cien mil pesos y la clausura de cinco a ciento ochenta días, mientras que en el caso de que un distribuidor proveyese de alcohol a un comerciante que no cuenta con su licencia actualizada, recibirá una sanción de clausura (hasta 180 días) y sumas que van hasta los 500 mil pesos.


¿Que se logró con la implementación de esta herramienta?

  • El nuevo sistema logró incorporar al distribuidor dentro del circuito de comercialización y jerarquizar al comerciante formal, frente al ilegal, dotándolo de una licencia que le permite a un mismo tiempo cumplir y exigir la plena vigencia de las leyes”. Además el cuerpo de inspectores del Reba, articula con municipios.


¿Cuales son los requisitos para la inscripción?

  • D.N.I. (Original y Fotocopia)
  • Constancia de inscripción de Ingresos Brutos (Fotocopia)
  • Habilitación Municipal, en caso de no tenerla acreditación de inicio de habilitación (emitido por la Dirección de Ingresos Públicos, San Martín Nº 550). Fotocopia de comprobante de expediente.
  • En caso de no ser el Titular del comercio presentar una nota de autorización para realizar el Trámite.


* Para Sociedades Comerciales:
Acreditacion de la Personería Juridica.


¿Cuales son los requisitos para la renovación?

  • Licencia anterior original
  • Acreditación de vigencia de habilitación Municipal en el mismo rubro o rubros declarados al momento de la obtención de la licencia (emitido por la Dirección de Ingresos Públicos, San Martín Nº 550).
  • Certificado de libre deuda (emitido por la Dirección de Ingresos Públicos, San Martín Nº 550).
  • DDJJ anual de Ingresos Brutos (Fotocopia)


¿Donde realizo el tramite?

  • SubSecretaría de Relaciones con la Comunidad y Control Urbano
  • Mariano Moreno 919 - 1º piso.
  • Tel/Fax: 02323 - 435586
  • Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla

 


¿Cuales son los horarios de atención?

 

  • Lunes a viernes de 7.15 a 13.00 hs